Micelio
Auto28 de agosto de 2019

A- de 2019

Ponente Alberto Rojas Ríos

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones En Asunto Penal-Jurisdicción Especial Para La Paz (Jep) No Ha Realizado Manifestación Alguna Sobre Su Competencia Por Delito De Extorsión Agravada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Aparente De Jurisdiccion
  • Corte se inhibe y devuelve la actuación judicial al funcionario de conocimiento
Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Debe comprobarse que dos autoridades judiciales de jurisdicciones diferentes reclaman para sí o niegan ser competentes para asumir el conocimiento del asunto correspondiente
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Riosucio (Caldas) y la Jurisdicción Especial para la Paz.

Luego de analizar las particularidades del caso puesto en conocimiento, la Corte determinó que no se dan los elementos constitutivos de un conflicto de jurisdicciones, toda vez que solo uno de los despachos involucrados se pronunció sobre su competencia para conocer sobre los hechos investigados, cuando una controversia de esta naturaleza exige que se produzca una efectiva contención entre autoridades judiciales que reclamen para sí o nieguen la competencia en relación con determinado asunto.

Con base en lo anterior la Sala Plena de la Corporación se declara INHIBIDA para emitir pronunciamiento alguno y, en consecuencia, ordena remitir el expediente y sus anexos al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Riosocio, para que proceda con lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, según lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-00025 y sus anexos Juzgado
  3. Segundo. Promiscuo Municipal de Riosucio (Caldas) para que proceda con lo de su competencia, así como a comunicarles la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.